El Constitucional avala las restricciones legales a la vivienda de uso turístico en Cataluña
Afirman que “es conforme con la protección constitucional de la propiedad privada, la autonomía local, la tutela judicial efectiva, la igualdad y la seguridad jurídica y con el régimen de unidad de mercado establecido” por ley.


13 mar 2025 - 16:19
Nuevo episodio para las viviendas turísticas. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta parlamentarios del PP en el Congreso de los Diputados contra las restricciones legales a la vivienda de uso turístico en Cataluña.
Así lo ha informado el Tribunal Constitucional en un comunicado de este jueves, en que han indicado que esta norma (que regula por primera vez el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico en Cataluña) no vulnera los límites formales ni materiales de la legislación de urgencia.
Afirman que “es, además, conforme con la protección constitucional de la propiedad privada, la autonomía local, la tutela judicial efectiva, la igualdad y la seguridad jurídica, además de con el régimen en materia de unidad de mercado establecido por la legislación básica estatal”.
El Constitucional considera que la norma no vulnera los límites formales ni materiales de la legislación de urgencia
La sentencia rechaza las impugnaciones relativas a infracciones del derecho de propiedad privada y, “en especial”, de la expropiación forzosa dado que, textualmente, la concepción de este derecho no impide reconocer la existencia de un contenido constitucionalmente protegido del mismo como derecho a usar, disfrutar y disponer de los bienes y derechos patrimoniales propios.
En este sentido, el TC concluye que el régimen del uso turístico de las viviendas sometido a enjuiciamiento no constituye una supresión del derecho de propiedad sobre ellas, sino una delimitación de un aspecto concreto de su contenido, en atención a la función social del derecho, “que no lo hace desaparecer ni lo convierte en irreconocible”.
Además, ven el régimen legal impugnado como una medida “necesaria” y proporcionada para evitar daños en el entorno urbano, en concreto, para proteger el modelo de ciudad previsto por la planificación urbanística, según los parámetros establecidos por la legislación sobre urbanismo y ordenación del territorio.
El alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, ha celebrado esta decisión del Tribunal Constitucional: “Vamos en el camino correcto”. Y ha añadido que “es una magnífica noticia en favor del derecho a la vivienda y para la decisión que tomamos desde el gobierno en 2023 de no renovar ninguna de las licencias turísticas vigentes hasta noviembre de 2028”.